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NOTA
03.09.2026

Análisis de colorantes sintéticos en alimentos: exigencias internacionales

Análisis de colorantes sintéticos en alimentos: exigencias internacionales

Los colorantes sintéticos son aditivos ampliamente empleados en la industria de los alimentos para estandarizar y mejorar la apariencia visual de bebidas, golosinas, lácteos, aderezos y productos procesados, entre otros. Sin embargo, en un mercado globalizado, su uso enfrenta una evaluación regulatoria cada vez más rigurosa debido a marcadas disparidades normativas entre países. 

Panorama regulatorio internacional más relevante

  • FDA (Food and Drug Administration, o Administración de Alimentos y Medicamentos de los Estados Unidos): exige que los colorantes utilizados provengan exclusivamente de lotes certificados individualmente por la propia FDA bajo la denominación FD&C (Food, Drug, and Cosmetic). Además, la misma mantiene regulaciones estrictas respecto a las concentraciones máximas en alimentos.

  • EFSA (European Food Safety Authority o Agencia Europea de Seguridad Alimentaria): exige incluir en el rotulado una advertencia sobre posibles efectos en la salud, como por ejemplo ("puede tener efectos negativos sobre la actividad y la atención de los niños"), para productos que contengan colorantes del grupo conocido como los "Seis de Southampton" (Tartrazina, Amarillo Crepúsculo, Rojo Allura, Ponceau 4R, Carmoisina y Quinolina). Asimismo, la EFSA ha reducido las Ingestas Diarias Admisibles (IDA) de varios de ellos.

  • Codex Alimentarius y MERCOSUR): Ambos establecen Límites Máximos Permitidos (LMP) por categoría de alimento, los cuales difieren en ocasiones de los estándares de la FDA o la EFSA.

  • Código Alimentario Argentino (C.A.A): En los capítulos VIII y XVIII regula de forma estricta los aditivos y colorantes permitidos en alimentos y productos, estableciendo listados positivos de sustancias aptas, límites máximos de uso y rotulado obligatorio.

Estas diferencias regulatorias, que se dan también con otros mercados de exportación menores, exigen que las empresas exportadoras y los productores locales controlen de forma rigurosa los colorantes y dosis utilizados, previniendo retiros de mercado (recalls) o costosos rechazos en aduanas internacionales.

Para acompañar a la industria en el cumplimiento del Código Alimentario Argentino (CAA) y las normativas exigidas por los destinos de exportación, CIATI realiza el análisis de colorantes alimentarios sintéticos mediante cromatografía líquida de alta eficiencia con detección por arreglo de diodos (HPLC-DAD), cumpliendo con las distintas normativas para alimentos.

Para más información, contactarse con especialistas@ciati.com.ar