Los hidrocarburos de aceites minerales (MOH) constituyen un grupo diverso de mezclas de hidrocarburos derivados principalmente del petróleo crudo. Estos compuestos químicos presentan diferentes estructuras y tamaños, y se clasifican en dos categorías principales:
- Hidrocarburos Saturados (MOSH): Incluyen alcanos ramificados y cicloalcanos sustituidos con grupos alquilo.
- Hidrocarburos Aromáticos (MOAH): Comprenden hidrocarburos poliaromáticos sustituidos con alquilo.
Fuentes de Contaminación por MOH
Los MOH pueden ingresar a la cadena alimentaria como contaminantes ambientales provenientes de diversas fuentes, tales como:
- Lubricantes de la maquinaria utilizada en la cosecha y producción de alimentos.
- Coadyuvantes tecnológicos como agentes desmoldeadores o aglutinantes de polvo.
- Aditivos alimentarios y para piensos.
- Materiales en contacto con alimentos, incluidos los envases.
Hasta 2012, el aceite mineral se utilizaba como solvente en pinturas para envases, lo que contribuyó a su acumulación en el reciclado de materias primas para papel y cartón, convirtiendo el packaging en una de las principales fuentes de contaminación. Los productos MOH empleados en alimentos se tratan para minimizar el contenido de MOAH.
Mecanismos de Contaminación
La contaminación de los alimentos por aceites minerales puede ocurrir a través de diversos mecanismos:
- Migración a través de vapor: Especialmente relevante en procesos industriales.
- Espacios de cabeza o contacto directo: En envases y almacenamiento.
- Condiciones de temperatura y tiempo de almacenamiento: Factores que pueden influir en la migración de contaminantes.
Regulaciones y Normativas
Unión Europea
En 2022, el Comité Permanente de Plantas, Animales, Alimentos y Piensos de la UE (SC PAFF) presentó un enfoque para gestionar la presencia de MOAH en alimentos. Posteriormente, en septiembre de 2023, la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) publicó un dictamen científico sobre la evaluación de riesgos de MOH en alimentos. A finales de 2023, la Comisión de la UE propuso un reglamento para establecer niveles máximos de MOAH, integrándolos en el Reglamento Europeo de Contaminantes (UE) 2023/915. Los límites propuestos son:
- Productos con ≤ 4% de grasa/aceite: 0,50 mg/kg
- Productos con > 4% y ≤ 50% de grasa/aceite: 1,0 mg/kg
- Productos con > 50% de grasa/aceite: 2,0 mg/kg
Además, se están discutiendo niveles máximos de MOAH en aditivos alimentarios bajo el Reglamento (UE) No. 231/2012, proponiendo un máximo de 2,0 mg/kg de MOAH.
Estados Unidos
La FDA no ha establecido límites máximos específicos para MOSH y MOAH en alimentos, pero ha declarado que no deben agregarse intencionalmente ni estar presentes en materiales en contacto con alimentos en niveles que puedan migrar razonablemente.
Análisis y Control
En CIATI hemos incorporado a nuestra oferta analítica el análisis de estos contaminantes mediante cromatografía gaseosa con detector FID y confirmación de los compuestos por cromatografía gaseosa acoplada a espectrometría de masas.
Por consultas, puede contactarse con nuestro equipo de especialistas: especialistas@ciati.com.ar.
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