El 14 de diciembre, la Comisión Europea (CE) aprobó el REGLAMENTO DE EJECUCIÓN (UE) 2020/2087 DE LA COMISIÓN por el que no se renueva la aprobación de la sustancia activa mancozeb con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento (CE) N° 1107/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la comercialización de productos fitosanitarios, y por el que se modifica el anexo del Reglamento de Ejecución (UE) N° 540/2011 de la Comisión.
En nuestra alerta publicada el 22 de mayo de 2020, explicamos que la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (EFSA) identificó varios motivos de preocupación específicos, entre ellos, ser clasificado como tóxico para la reproducción de categoría 1B, cumplir con los nuevos criterios para identificar las propiedades de alteración endocrina en el caso de los seres humanos y que las estimaciones de exposición no alimentaria superan los valores de referencia para los usos representativos en tomates, patatas, cereales y vides.
La entrada en vigencia será a los 20 días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, Los Estados miembros retirarán las autorizaciones de los productos fitosanitarios a más tardar el 4 de julio de 2021 y todo período de gracia expirará a más tardar el 4 de enero de 2022.
En Argentina el uso de mancozeb está autorizado como fungicida en diversos cultivos tales como hortalizas, cereales y frutas.
CIATI dispone en su lista de análisis de residuos de plaguicidas, la determinación de mancozeb como ditiocarbamatos, permitiendo a sus clientes controlar sus exportaciones con destino a la Unión Europea. Estamos a disposición, ante cualquier duda o consulta pueden contactarnos (diegoa@ciati.com.ar).