El 15 de julio pasado la Dirección General de Salud y Consumidores de la Comisión Europea hizo llegar a la Organización Mundial del Comercio (OMC) un proyecto por el que se modifican los Anexos II, III y V del Reglamento (EC) No 396/2005. En el mismo se establecen nuevos LMR vigentes para las sustancias clorotalonil (fungicida), clorprofam (fitoregulador), dimetoato (acaricida-insecticida), metiocarb (insecticida) y propiconazol (fungicida) en todos los productos.
La medida fue adoptada en base a la actualización de los límites de determinación por parte de los laboratorios de referencia de la UE para estos principios activos, acorde al Artículo 18 (1)(b) del Reglamento (EC) No 396/2005.
Es por ello que los LMR temporales, como por ejemplo en el caso de Propiconazol en cítricos y cereales; Clorotalonil y Metiocarb en uvas de mesa y vinificación, arándanos rojos, durazno, damasco, banana, tomate, zanahoria, legumbres, cereales y Dimetoato en aceitunas, descenderán a 0.01 mg/kg. Para el caso de Clorprofam, se mantendrá un LMR temporal de 0.4 mg/kg para papas, el cual será evaluado el 31 de diciembre de 2021.
Las modificaciones serán aplicables a partir del 31 de agosto de 2021, seis meses después de la fecha de propuesta de publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
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