El 9 de junio pasado, se publicó en el diario oficial de la Unión Europea, el Reglamento 2020/856 de la comisión que modifica los anexos II y III del Reglamento (CE) N° 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los límites máximos de residuos de ciantraniliprole (insecticida), ciazofamida (fungicida), ciprodinil (fungicida), spinetoram (insecticida), fenpiroximato (acaricida), fludioxonil (fungicida), fluxapiroxad (fungicida), imazalil (fungicida), kresoxim-metil (fungicida), lufenurón (insecticida), mandipropamida (fungicida), propamocarb (fungicida), piraclostrobin (fungicida), y piriproxifeno (insecticida) en determinados productos.
La medida fue adoptada para alinear la legislación Europea a lo adoptado por la Comisión del Codex Alimentarius, en el cuadragésimo segundo período de sesiones celebrado en el Centro Internacional de Conferencias de Ginebra (CICG), (Suiza) del 8-12 de julio de julio de 2019, respecto a nuevos LMR adoptados. Estas medidas se ajustan al dictamen del Comité Permanente de Vegetales, Animales, Alimentos y Piensos .
Las modificaciones serán aplicables a partir de los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
CIATI tiene incorporado a su oferta analítica la determinación de los principios activos anteriormente mencionados, en una amplia variedad de matrices, permitiendo a sus clientes controlar los residuos en sus exportaciones con destino a la Unión Europea.
Mientras se actualicen los nuevos LMRs de la UE en las bases de datos de estos principios activos, se podrán consultar los LMRs fijados por CODEX ya sea a través de la web CIATI o por el acceso web del CODEX.