El pasado mes de abril, la Organización Mundial del Comercio (OMC) comunicó a los países miembros mediante el documento G/SPS/N/EU/383, el haber recibido por parte de la Comisión Europea (CE), un documento borrador con el dictamen del Comité Permanente de Plantas, Animales, Alimentos y Piensos de la Unión Europea (PAFF committee). En el mismo se propone no renovar la autorización de la sustancia activa Benalaxil, afectando la comercialización de la misma y los productos fitosanitarios que la contengan.
Asimismo, se menciona que todos los comentarios que resulten del análisis de dicha comunicación por parte de los países que forman parte de la OMC, deberán ser remitidos hasta el 14 de Julio del año corriente. Se espera que dicha regulación entre en vigencia para el cuarto trimestre de 2020. de manera que todas las autorizaciones existentes deberán ser retiradas, otorgando un período de gracia acorde con el artículo 46 del Reglamento 1107/2009 de la CE, el cual caducará a más tardar 12 meses después de la entrada en vigor (permitiendo una temporada final de uso).
Cabe destacar que en Argentina, el Benalaxil tiene registro de uso para papa, pimiento, tomate y uvas de mesa.
CIATI dispone en su lista de análisis de residuos de plaguicidas, la determinación de Benalaxil, aportando una herramienta más a sus clientes para controlar sus exportaciones con destino a la Unión Europea.