El 16 de abril del 2020 entra en vigencia el Reglamento (UE) 2019/1582 de la comisión europea, del 25 de septiembre de 2019, que modifica los anexos II y III del Reglamento (CE) nº 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo. respecto a los Límites máximos de residuos de lmazalil en determinados productos. Luego de los estudios pertinentes por parte de EFSA, se recomendó reducir al límite de determinación (0 .01 mg/kg) los LMR de lmazalil en varios cultivos (manzana. pera. banana. cereza dulce, ciruela, uva de mesa y vinificación, papa, cebada, avena, centeno y trigo).
Respecto a algunos cultivos específicos como pomelo y naranja. el LMR bajará a 4 mg/kg y para el caso de mandarina, limón y lima seguirán manteniéndose en 5 mg/kg. La decisión de mantener dichas tolerancias para estos productos cítricos se basa en la falta de información sobre la toxicidad de los metabolitos del Imazalil. siendo necesario continuar con estudios por parte de las autoridades competentes y de EFSA para evaluar a futuro los posibles cambios en dichos LMR.
El lmazalil es un fungicida habilitado en Argentina para su uso en post cosecha en cultivos de banana, cítricos, manzana y pera, y en trigo y avena para tratamiento de semillas.
CIATI le recuerda que nuestra metodología empleada para la determinación de lmazalil se encuentra acreditada bajo norma ISO 17025. cumpliendo con los límites de determinación establecidos en Unión Europea.