El 21 y 23 de diciembre de 2024, la ANMAT publicó en el Boletín Oficial las disposiciones 11362/2024 y 11378/2024, introduciendo cambios relevantes en el Manual de Aplicación de la Ley N° 27.642 y su normativa complementaria, el Decreto N° 151/22. Estas actualizaciones tienen como objetivo armonizar la legislación con estándares internacionales y mejorar la precisión de la información nutricional proporcionada a los consumidores.
Modificaciones principales en el cálculo de nutrientes
Con la disposición 11362/2024, se establece que el cálculo de nutrientes excesivos —grasas, azúcares, sodio y calorías— deberá basarse exclusivamente en los ingredientes añadidos durante el proceso de producción, excluyendo los nutrientes intrínsecos presentes de forma natural en los alimentos.
Este cambio tiene implicancias concretas para la industria alimenticia, a modo de ejemplo:
- Una mermelada deberá reportar únicamente el azúcar incorporado en su elaboración, sin incluir el azúcar naturalmente presente en la fruta.
- Productos como la manteca, a pesar de su contenido intrínseco de grasa, podrían no exhibir sellos de advertencia si no contienen aditivos como sodio.
Este enfoque actualizado permitirá que ciertos productos sin ingredientes añadidos reduzcan o queden exentos de sellos de advertencia, redefiniendo la información nutricional disponible para los consumidores.
Implicancias en la publicidad
La disposición 11378/2024 introduce nuevas restricciones para la promoción de alimentos y bebidas con uno o más sellos de advertencia, con especial énfasis en proteger a niños y adolescentes menores de 16 años. En tal sentido, con la nueva disposición queda prohibida la promoción de alimentos y bebidas envasadas que utilicen elementos atractivos para esta franja etaria, como colores llamativos, personajes infantiles o bandas sonoras diseñadas para captar su atención.
Adicionalmente, toda publicidad destinada al público general deberá incluir información clara y precisa sobre los sellos de advertencia, así como la presencia de edulcorantes o cafeína.
Implementación inmediata
Las modificaciones entraron en vigor desde la fecha de su publicación. Los productos etiquetados bajo la normativa anterior podrán permanecer en circulación hasta agotar su stock, pero las nuevas reglas son obligatorias para toda producción posterior.
En CIATI contamos con el conocimiento y las herramientas necesarias para realizar análisis de rotulado nutricional y acompañar a las empresas en el proceso de adaptación a las nuevas normativas. Nuestro equipo está disponible para responder consultas y ofrecer asesoramiento técnico personalizado.
Para más información, puede contactarnos a través del correo electrónico: especialistas@ciati.com.ar.
CIATI – Conocimiento que crea valor .