A partir del 2 de diciembre, entró en vigencia la Resolución Conjunta SAGyP y SCS N° 32/2023, que modificó los Artículos 1383 y 1383 bis del Código Alimentario Argentino (CAA). Estos artículos corresponden a cambios legislativos sobre alimentos libres de gluten y uso del logo.
La siguiente tabla muestra la comparación entre la Resolución Conjunta 131/2011 y 414/2013 con la legislación actual (Resolución Conjunta 32/2023):

Este cambio normativo permite elaborar alimentos provenientes de cereales, trigo, avena, cebada y centeno, que por medio de procesos tecnológicos, son desprovistos de las proteínas causantes de hipersensibilidad en ciertas personas. Por lo tanto, a pesar del origen es posible ofrecer alimentos “sin gluten”.
Se otorga a las empresas, a partir del 2 de diciembre de 2023, un plazo de TRES (3) años para su adecuación. CIATI tiene incorporado el análisis de gluten por método ELISA R5 tanto para alimentos procesados como para productos fermentados.
Por consultas, puede escribirnos a expertos@ciati.com.ar.