Se encuentra en consulta pública el “Proyecto de Resolución Nº 07/23”, elaborado en el ámbito de la Comisión de Alimentos (CA) del Subgrupo de Trabajo Nº 3 “Reglamentos Técnicos y Evaluación de la Conformidad” (SGT Nº 3) del MERCOSUR.
Con este nuevo reglamento técnico MERCOSUR, se establecerán cambios en los valores máximos permitidos para arsénico, plomo, cadmio, mercurio y estaño en diversas categorías de alimentos. Se detallan además criterios generales y específicos de aplicación, se define cómo se determinan los límites en productos procesados, congelados o compuestos, y se incluyen tablas con los valores máximos en diversas categorías de alimentos (cereales, carnes, pescados, lácteos, bebidas, frutas, hortalizas, entre otros).
Para más detalle, podés consultar el documento en consulta, accediendo a este enlace:
http://www.puntofocal.gob.ar/proyecto/07-23.pdf.
Por otro lado, se derogarían las regulaciones anteriores, hoy vigentes, en este tema (Resoluciones GMC N°. 12/11 y N° 18/21).
En el nuevo Reglamento se establece que para el arsénico en: arroz (descascarado integral, pulido, parboil / parboilizado), pescados crudos, congelados o refrigerados moluscos cefalópodos, moluscos bivalvos y crustáceos, los límites máximos (LM) son para arsénico inorgánico (As-in).
Se propone que como primera elección, se podrá realizar el análisis de arsénico total (As-tot). Si la concentración de este es inferior al LM de As-in, no será necesario ningún ensayo adicional y se determina que la muestra cumple el LM. Si la concentración de As-tot fuera superior al LM de As-in, se deberán realizar ensayos adicionales para determinar si la concentración de As-in es superior al LM. CIATI ofrece el ensayo de especiación de arsénico en el que se pueden separar y cuantificar tanto las especies orgánicas como las inorgánicas (As-in), siendo estas últimas las que serían indicadas en esta nueva resolución.
Para el caso del mercurio en pescados, tanto en depredadores como en no depredadores, se establece que los LM corresponden a metilmercurio. La propuesta del nuevo reglamento indica que como primera elección, se podrá realizar el análisis de mercurio total. Si la concentración del total de mercurio es inferior o igual al LM de metilmercurio, no será necesario ningún ensayo adicional y se determina que la muestra cumple el LM. Si la concentración de mercurio total es superior al LM de metilmercurio, se deberán realizar ensayos adicionales para determinar si la concentración de metilmercurio es superior al LM.
Asimismo, para plomo en conservas, salsas y concentrados de tomate, los LM se deberán calcular a partir del fruto fresco (LM 0,05 mg/kg). Los LM de plomo, en los productos a base de tomate, tendrán en cuenta el total de sólidos naturales solubles, el valor de referencia fue de 4,5 g/100 g para el fruto fresco.
Finalmente, para cadmio en pescado, los LM aplican a las partes comestibles, pero cuando el pescado se destina a ser consumido entero, el LM se aplica al pescado entero.
CIATI cuenta en su oferta analítica el análisis de más de 30 elementos químicos (entre los que se incluyen arsénico, cadmio, mercurio y plomo) en varias matrices alimentarias, analizadas por espectrometría de masas con plasma de acoplamiento inducido (ICP-MS), así como el análisis de especiación de arsénico. Cualquier duda o consulta comunicarse con especialistas@ciati.com.ar.